Seguridad Social · Autónomos · 2026
Cuánto se paga, cuánto dura y cómo solicitar la Tarifa Plana para nuevos autónomos en 2026, incluida su compatibilidad con la Cuota Cero en Andalucía.
80 € al mes durante los primeros 12 mesesLa Tarifa Plana sigue siendo, en 2026, la ayuda más utilizada por quienes se dan de alta como autónomos por primera vez: permite pagar una cuota reducida a la Seguridad Social en lugar de la cuota general por ingresos reales. En Asesoría Córdoba ayudamos cada semana a nuevos autónomos a tramitar su alta y a solicitar esta bonificación correctamente, evitando errores que retrasan o hacen perder el beneficio.
¿Qué es la Tarifa Plana para autónomos?
Es una cuota reducida de la Seguridad Social pensada para nuevos trabajadores por cuenta propia. En lugar de pagar desde el primer día la cuota que te correspondería según el sistema de cotización por ingresos reales (vigente desde 2023), durante los primeros meses pagas una cantidad fija, muy inferior a la cuota mínima general.
Está regulada en el artículo 38 ter de la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo, y su objetivo es reducir el coste fijo de arrancar un negocio, precisamente cuando los ingresos suelen ser más bajos e irregulares.
€ Cuánto se paga en 2026
El Real Decreto-ley 13/2022 fijó el importe de la Tarifa Plana en 80 €/mes para el periodo 2023-2025, y dejó que a partir de 2026 la cuantía se determinase en cada ejercicio. A fecha de esta guía, la cifra se mantiene en 80 €/mes, aunque conviene confirmarla en Import@ss al tramitar el alta, por si se actualizara con los nuevos Presupuestos.
✓ Requisitos para acceder a ella
- 1 Alta inicial en el RETA, o no haber estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores.
- 2 3 años en vez de 2 si ya disfrutaste de la Tarifa Plana con anterioridad.
- 3 Durante los primeros 12 meses, la cuota reducida se aplica con independencia de tus ingresos: da igual si facturas poco o mucho.
⌂ Duración: 12 meses, prorrogables a 24
La cuota reducida se aplica durante los primeros 12 meses de actividad. Si al llegar a ese punto tus rendimientos netos previstos siguen siendo iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), puedes solicitar una prórroga de otros 12 meses, manteniendo la misma cuota.
Pasado ese periodo (12 o 24 meses, según tu caso), pasas automáticamente al sistema general de cotización por tramos de ingresos reales.
→ Cómo solicitarla al darte de alta
- Accede al portal de trámites online de la Seguridad Social, Import@ss.
- Identifícate con Certificado Digital, Cl@ve PIN o verificación por SMS.
- Selecciona "Alta" en trabajo autónomo e indica que se trata de un alta inicial.
- Marca la solicitud de la cuota reducida (Tarifa Plana) dentro del propio trámite de alta.
↻ Cómo pedir la prórroga de otros 12 meses
- Entra en la sede electrónica de la Seguridad Social y accede a "Solicitar".
- Identifícate con Cl@ve, SMS, DNIe o Certificado Digital.
- Completa y envía el formulario de prórroga antes de que finalice tu derecho a la bonificación.
- Adjunta una declaración indicando que tus rendimientos netos previstos son inferiores al SMI.
Pide la prórroga con margen: si dejas pasar la fecha en la que se agota tu Tarifa Plana sin solicitarla, pasas directamente a la cuota general y pierdes el beneficio de los siguientes 12 meses.
¿Cuánto puedes ahorrar? La cuota mínima general en 2026, para quien no se acoge a la Tarifa Plana, arranca en 200 €/mes (ingresos netos de hasta 670 €/mes) y sube por tramos hasta más de 600 €/mes en los tramos más altos. Frente a eso, pagar cerca de 88,64 €/mes durante el primer año supone un ahorro real de varios cientos de euros, y puede duplicarse si prorrogas la Tarifa Plana a un segundo año.
⚠ Cuándo se pierde el derecho a la Tarifa Plana
La Tarifa Plana termina cuando se agota el tiempo máximo al que tienes derecho (12 o 24 meses), o antes si dejas de cumplir los requisitos. El caso más habitual: si en el segundo año tus ingresos netos superan el SMI, no puedes prorrogarla y pasas a la cuota general.
Recuerda: la Tarifa Plana debe solicitarse en el momento del alta. No se puede pedir a posteriori una vez iniciada la actividad sin haberla marcado en el trámite inicial.
✚ ¿Es compatible con la Cuota Cero?
Sí. La Tarifa Plana estatal es compatible con la Cuota Cero que ofrecen algunas Comunidades Autónomas, entre ellas Andalucía. La Cuota Cero no sustituye a la Tarifa Plana: tú sigues pagando los 80 €/mes (≈88,64 € con el MEI) a la Seguridad Social, y la comunidad autónoma te reembolsa después ese importe durante el periodo que tenga establecido en su convocatoria vigente.
Conviene tener liquidez para cubrir los primeros recibos mientras llega el reembolso, y confirmar los requisitos y plazos de la convocatoria en vigor antes de darte de alta, ya que cambian de un ejercicio a otro.
? Preguntas frecuentes
¿Todos los nuevos autónomos pagan lo mismo con la Tarifa Plana?
Sí. Durante los primeros 12 meses, la cuota reducida es igual para todos, con independencia de lo que factures.
¿Puedo volver a pedirla si ya la disfruté antes?
Sí, siempre que hayan pasado al menos 2 años desde tu última baja en el RETA (3 años si ya disfrutaste de la Tarifa Plana en el alta anterior).
¿El importe de 80 € está garantizado para todo 2026?
La normativa deja la cuantía de cada ejercicio a la Ley de Presupuestos. A día de hoy se mantiene en 80 €/mes, pero conviene confirmarlo en Import@ss antes de tramitar el alta.
¿Qué pasa si mis ingresos superan el SMI en el segundo año?
Pierdes el derecho a prorrogar la Tarifa Plana y pasas a la cuota general por ingresos reales.
✉ ¿Necesitas ayuda con tu alta como autónomo?
Información orientativa basada en la normativa vigente en 2026 (RD Ley 13/2022 y normas de cotización de la Seguridad Social publicadas para el ejercicio). La cuantía de la Tarifa Plana desde 2026 depende de la Ley de Presupuestos de cada año; confirma el importe vigente en Import@ss antes de tramitar tu alta. No sustituye el asesoramiento profesional personalizado.